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21 febrero 2013

Preparación legal del matrimonio

Hola familia!!!

Cada vez vamos siendo más en este blog que ya es vuestra casa, GRACIAS.

Así que sin más dilación, sentaros cómodamente delante de vuestro ordenador, tablet o electrónica varia...porque hoy, gracias a la información brindada por ADP Servicios Empresariales, vamos a tocar temas legales!!!!!!

Os dejo su dirección web y su facebook por si os interesa hacer los trámites con ellos: www.adp2025.com
www.facebook.com/adpemprendedores

Cuando una pareja se casa, prevé hasta el último detalle. Pocas veces se habla de elegir adecuadamente el régimen económico de la pareja, quizá porque estamos en el mejor momento, quizá por verguenza, pero os aseguro, que es un trámite más a tener en cuenta, sencillo y que facilita la convivencia futura, porque a veces tenemos un pequeño negocio o lo vas a iniciar, un inmueblo a nombre de un solo miembro de la pareja y que queremos incluir...

Así pues, podemos decir, que existen tres tipos de regímenes económicos:

Sociedad de ganancias: lo que yo llamo para traducirlo y ponerlo más fácil, lo que es tuyo es mío y viceversa, a su vez, se pueden clasificar según se trate de bienes obtenidos por el trabajo de los conyuges, los derivados de esas ganancias y de los negocios creados juntos.

Régimen de paticipación: se incluyen tanto los bienes compartidos durante el matrimonio como los logrados antes y después sea cual fuere su origen.

Régimen de Separación de Bienes: a cada miembro de la pareja le corresponde lo que disponía antes y después del matrimonio, ya sean por ejemplo, títulos hereditarios, salarios, sueldos...


Lo más habitual es optar por régimen de sociedad de ganancias, no obstante, como dato curioso, en Cataluña e Islas Baleares establecen por defecto el Régimen de separción de bienes.


1 comentario:

Olga IdeandoArt dijo...

Muy interesante, Verónica.

Por cierto, tienes una sorpresita esperándote en IdeandoArt. Espero que te guste!

Besitos!

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